Uno de los debates que más ha preocupado a los gestores de formación en los últimos meses ha sido la recomendación por parte de la Fundación Estatal de que el acceso de un alumno en cuanto a conexiones a la plataforma de teleformación debe ser del 75% de las horas de la acción formativa.
Contradicciones
La Fundación Estatal emitió dos documentos, o dicho de otra forma, emitió un documento que luego rectificó.
A continuación dejo un extracto de lo que dice este documento de la Fundación Estatal respecto al tiempo de conexión en la modalidad teleformación.
El primer documento decía lo siguiente:
“[…]SE EXIGIRÁ un tiempo mínimo de conexión del 75% de las horas de la acción formativa[…]”
Luego rectificó el criterio (sin previo aviso) de la siguiente forma:
“[…]El hecho de indicar un tiempo de conexión del 75% de las horas de la acción formativa, significa que ES ACONSEJABLE O RECOMENDABLE aproximarse a esta cifra para que el alumno consiga un nivel de aprendizaje y rendimiento adecuados, ya que dentro de este margen de conexión se tienen en cuenta la asimilación de contenidos, así como la realización de otras actividades programadas por la plataforma o por el tutor[…]”
Tiempo de conexión de un alumno a la plataforma de teleformación – 25% de SEPE / 75% de @Fundae_es https://t.co/tcKbv7e48n
— Autoforma (@Autoforma) 24 de mayo de 2017
El SEPE tiene otro criterio
El documento de instrucciones del SEPE (INSTRUCCIÓN PARA EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS PARA SUS TRABAJADORES Y PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN – BONIFICACIONES EJERCICIO 2016) indica lo siguiente:
“[…]Conexiones: Se revisarán.las conexiones realizadas por los alumnos, debiendo tener un nivel que sea acorde a la realización del curso. En aquellos casos en los que el porcentaje de conexión no alcance el 25% de la duración de la acción formativa, se revisarán los distintos aspectos del curso con el fin de determinar si es tiempo suficiente para la adecuada ejecución de la formación[…]”
En ningún caso ni el 75 ni el 25, viene indicado en la normativa, pero lo que nos parece aún más grave es la disparidad de criterios a la hora de poner el listón en el porcentaje de tiempo de conexión a la plataforma: 50 puntos de diferencia
El 25% del tiempo de conexión exigido por parte del SEPE es bastante razonable
El 25% del tiempo de conexión exigido por parte del SEPE es bastante razonable, pero debe ser un criterio único (en todas las provincias y en coordinación con la Fundación Estatal) y conocido por todos. Este criterio junto con la realización del 75% de las pruebas debe considerar al alumno apto de cara a la bonificación de la acción formativa.
Es importante lo comentado respecto al tiempo de conexión, ya que el propio documento indica que este indicador no es subsanable y se procederá a marcar la correspondiente desviación si procede,es decir, si el alumno no alcanzado el 25% de la acción formativa la bonificación de este curso se marcará como no procedente y la empresa recibir ha pasado un tiempo una no conformidad proponiendo una devolución de la bonificación.
Esto no hace sino crear confusión, dudas y temor en los centros de formación que imparten sus cursos bajo la modalidad teleformación.
Y no únicamente eso, sino que en el fondo, si un curso es incidentado se genera mucha incertidumbre ante el centro de formación y la entidad gestora por parte de la empresa que va a bonificar.
El 75 % que recomienda FUNDAE es un criterio bastante subjetivo
Dicho lo cual y sabiendo lo que indica este documento de instrucciones del SEPE entendemos que la recomendación que la Fundación estatal propone en su documento de orientaciones bajo la modalidad teleformación es desmedida a la vez de ser un criterio bastante subjetivo.
No podemos vivir ni los centros de formación ni los gestores de formación bajo esta disparidad de criterios a la hora de gestionar e impartir la formación.