Qué hay de nuevo este año en las inspecciones de teleformación

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Avanzando en la lectura de las instrucciones de los seguimientos del SEPE 2019, observo que hay aspectos que este año se acentúan respecto a los anteriores.

Dejan claro las instrucciones que, cuando hay formación presencial que represente menos del 20% del total de horas del curso, será considerada teleformación y no mixta. Esto tiene una especial repercusión en el módulo económico de la parte presencial, que no se tomará a 9 o 13 euros la hora, sino que se bajará a 7.5 euros la hora.

Respecto a la plataforma virtual de aprendizaje, esta debe posibilitar la interacción entre alumnos, tutores y recursos. Este hecho se acentúa de forma especial este año.

Principalmente se revisará

  • Metodología apropiada para esta modalidad
  • Asistencia tutorial
  • Requisitos de accesibilidad y diseño universal.

El aula virtual de aprendizaje: Webminar

Tiene un apartado especial el aula virtual, que para que nos entendamos, es incorporar el Webminar a la teleformación. ¿Se puede hacer? Sí, pero con matices.

En ningún caso se consideraré, según el SEPE, el aula virtual como formación presencial.

De utilizarse, debe estar integrado en la plataforma de teleformación. Es decir, se pueden convocar clases dentro de la plataforma de teleformación y luego dejar subidos los vídeos de las clase-webminars.

Esto, creo que es importante, ya que un vídeo de un Webminar de una hora hará que el alumno esté conectado una hora a la plataforma, que, aunque los tiempos de conexión no son un requisito normativo, si es un elemento adicional a la hora de evaluar la trazabilidad del alumno en este tipo de formación. Respecto a este punto hay que tener cuidado con que el alumno no pueda ver un vídeo fuera de la plataforma de teleformación. En este sentido, Vimeo funciona muy bien, permite insertar vídeo que solamente se pueda ver en un dominio específico. El alumno, en ningún caso se podrá ir a Vimeo a ver el vídeo, y siempre lo tendrá que hacer dentro de la plataforma de teleformación, sumando por tanto tiempo de conexión en la plataforma. Esto lo digo a modo de tip.

En definitiva, las instrucciones consideran a la plataforma virtual de aprendizaje como una herramienta más del proceso de aprendizaje.

 Dejar “rastro”

Otro factor a tener en cuenta: la plataforma debe “dejar rastro”. Es decir, se evaluará por donde ha ido pasando el alumno en el desarrollo del curso, que no es sino la interacción del usuario con la plataforma, actividades realizadas … con el fin de comprobar:

  • El cumplimento de los requisitos de accesibilidad, seguridad y diseño universal.
  • La interactividad de los alumnos, tutores y recursos.
  • La gestión y existencia de contenidos.
  • El proceso de aprendizaje sistematizado de los participantes.
  • El seguimiento continuo y en tiempo real de los participantes.
  • La evaluación de los participantes en el proceso

El límite de 80 alumnos tutorizados por periodo de tiempo.

Es importante tener esto en cuenta y cual es el criterio que va a tomar el SEPE.

Un tutor no podrá tener más de 80 participantes tutorizados por periodo de tiempo. Y se dividirá el día en dos periodos de tiempo, la mañana y la tarde. No lo dice, pero atendiendo al límite que ha tomado el aplicativo telemático a la hora de definir mañana y tarde históricamente (ya no),  se puede tomar el cambio en las 3 de la tarde.

De este modo no se considerará los intervalos por horas sino por mañana y tarde. Es decir, un tutor podrá tutorizar en el día como máximo a 160 participantes con este criterio: 80 por la mañana y 80 por la tarde.

Qué se va a comprobar en la plataforma:

  • La interacción entre participantes, recursos y tutores.
  • Controles de aprendizaje: que el alumno realice al menos el 75 % de las actividades distribuidas en a lo largo del curso, independientemente del tiempo de conexión.
  • Seguimiento de las direcciones IP.
  • Capacidad del tutor. Se hace especial mención en este punto que el tutor cuente con formación o experiencia acreditable. Si no se queda acreditada esta modalidad, se incidentará el curso.

De ordinario, el inspector no se desplazará al centro gestor ni a la empresa

Por último, se subraya que, de ordinario, no habrá desplazamiento al centro gestor en esta modalidad, salvo en situaciones excepcionales. Solo en este último caso, dejará constancia de la visita mediante una hoja de actuación.

La constancia virtual del seguimiento del inspector debe quedar reflejada en la plataforma de teleformación.

Aparece la subsanación

Aparece la subsanación, pero con matices. Qué quiere decir esto. Qué si el inspector comprueba que, durante la ejecución del curso, hay una incidencia subsanable, instará a la subsanación antes de incidentarlo, siempre, y este es el matiz, que sea subsanable en el tiempo que dure la formación.

Escucha el podcast:

 

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