Curso: Gestión de PIF para Autoescuelas

Módulos del curso:

1.- La normativa de los permisos individuales de formación Módulo de acceso libre
2.- Simulación de costes en un permisos individual de formación (se utilizará el simulador de costes Autoforma)

–  2.1 Ejercicio práctico de uso del SimulaPIF
–  2.2 Ejercicio práctico de uso del SimulaPIF​

3.- Caso práctico: Solicitud de permiso individual de formación para un Permiso C
4.- Gestión documental del permiso (I) : Se utilizará el MODULO DE PERMISOS DE GESDOC (nuevo a partir de enero’2020)
5.- Gestión documental del permiso (II) : Se utilizará el MODULO DE PERMISOS DE GESDOC (nuevo a partir de enero’2020)

ANEXO 1: Inspecciones en los permisos individuales de formación.

ANEXO 2: Los PIF en las instrucciones del SEPE 2019

1.- La normativa en los permisos individuales de formación

Dentro el RD 694/2017, los PIF están incluidos en el Capítulo V: Otras iniciativas de formación.

FUNDAE aun mantiene referencias a la Orden TAS 2307/2007 dado que no se ha publicado la Orden de desarrollo del RD 694/2017

Definición: El permiso individual de formación es el que la empresa autoriza a un trabajador para la realización de una acción formativa que esté reconocida mediante una titulación o acreditación oficial, incluida la correspondiente a los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad, o mediante un título universitario propio, con el fin de favorecer su desarrollo profesional y personal, siempre que no constituya una formación obligatoria para el empresario. La acción formativa deberá realizarse íntegramente en modalidad presencial o, de no ser así, contar con clases, prácticas o tutorías presenciales obligatorias. Este permiso podrá autorizarse también para el acceso a los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral y de otros aprendizajes no formales e informales, previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Titulaciones oficiales:  aquellas que han sido expedidas por las Administraciones Públicas competentes, con validez en todo el territorio nacional y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado»

Formación reglada: La formación reglada se encuentra dentro del Sistema Educativo, obteniendo el alumno un título oficial con validez académica, expedido por la Administración Pública, con validez en todo el territorio nacional y publicada en el BOE.

Formación en el extranjero: Si la formación en el extranjero forma parte del programa oficial publicado en el correspondiente Boletín Oficial, sí podrían comunicarse como Permiso esas horas de formación en el extranjero.

Acreditaciones oficiales: aquellas que estando previstas en la normativa estatal han sido expedidas por la Administración Pública competente y publicadas en el boletín oficial correspondiente

Procesos de evaluación y acreditación: Acceso a los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral y de otros aprendizajes no formales e

informales previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Nota: los permisos de conducción pueden comunicarse como PIF a partir de los tipos C.

No existe una lista/relación de formaciones admisibles o no admisibles como PIF. En caso de duda, deberá realizarse la consulta individualmente al Servicio de Atención al Cliente de FUNDAE

Títulos universitarios propios: los cursos universitarios que tengan esta consideración por resolución de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad correspondiente

Nota: A efectos de validez del permiso, no existen consecuencias por suspender o aprobar los estudios realizados. Sin embargo ver documentación solicitada.   IMPORTANTE: Si la empresa está obligada a proporcionar esta formación al trabajador para desempeñar su puesto de trabajo, no puede ser solicitada como permiso individual de formación.  La formación solicitado como permiso individual de formación no deberá estar incluida en las acciones formativas de las empresas, de acuerdo con el artículo 25.2 de la Orden TAS 2307/2007.

Motivos de denegación de la autorización del permiso por parte de la empresa:

Razones organizativas

Razones de producción

Documento para solicitar el permiso (Anexo I):

(Mediante orden del titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social se establecerá el modelo de solicitud de autorización del permiso individual de formación que las empresas pondrán a disposición de los trabajadores)

Aceptada por empresa y trabajador

Debe constar:

La jornada laboral.

El horario de la formación.

Nota: Si la jornada laboral es de carácter flexible, la empresa deberá poder acreditar que el trabajador se ha ausentado, parcial o totalmente, de su puesto de trabajo durante un período concreto para asistir a formación de carácter presencial.

Nota: En la aplicación telemática se recogen el número de horas laborales que durará el permiso individual de formación y distribución de dichas horas para la asistencia a clases presenciales.

PLAZO DE COMUNICACIÓN: En el caso de los PIF, no existe un plazo de comunicación, siendo suficiente que sea comunicado antes del inicio del permiso.

Documentación debe custodiar la empresa

Anexo I (solicitud realizada por el trabajador y concesión por parte de la empresa para la realización del correspondiente PIF)

Justificantes de las ausencias del trabajador: El Real Decreto-ley 8/2019 obliga al registro diario de la jornada laboral de los trabajadores

Soporte del coste imputado por todo el período de disfrute del permiso (nóminas, modelo 190), así como justificación del pago a los trabajadores (Certificado de haberes)

Fotocopia de la matrícula del curso reconocido por una titulación oficial

Anotación contable del ingreso de la bonificación aplicada

En su caso, comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores

En el caso de ser un Título Universitario Propio deberán custodiar la resolución de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad donde se apruebe dicho Título

Cuando se trate de permisos de conducción deberán custodiar la copia del permiso de conducción obtenido tras la realizacióndel PIF o en su caso documentos oficiales de la DGT de inscripción, tasas, examen, resultados, etc.

En el caso de otras acreditaciones oficiales deberán custodiar el carné profesional obtenido tras la realización del PIF o en su caso documentos oficiales de inscripción, tasas, examen, resultados, etc.

Documentación acreditativa de haber realizado tutorías presenciales o prácticas obligatoria

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Qué se bonifica:

Los costes salariales:

Salario del trabajador:

Sueldo base

Antigüedad

Complementos fijos. NO variables. Ver Nota.

La parte correspondiente de pagas extraordinarias

Las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante el período del permiso

Límite: disponibilidad presupuestaria autorizada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Notas:

en los PIF no hay posibilidad de emitir factura, no hay que confundir las acciones formativas con los permisos individuales de formación en los que sólo es bonificable el coste salarial de las horas laborales que la empresa autoriza a un trabajador.

La factura por la formación no es objeto de bonificación

La empresa no tiene obligación de abonar los costes de la formación pero no existe ningún problema en que la empresa asuma el coste de la formación del trabajador, aunque dicho coste no sea bonificable.

Nota: Las “Aportaciones al plan de pensiones” y “Dietas y locomoción” que percibe el trabajador en caso de que no sean fijos, no deben figurar para el cálculo del coste del permiso.

Límites del permiso individual de formación

Por trabajador: Estará limitada a un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural.

Por empresa:

 

Qué se computa en el permiso

Las horas laborales dentro de la jornada laboral del trabajador que efectivamente se dejen de desempeñar por asistencia a las acciones formativas objeto del permiso individual de formación.

Cómo se acredita ante una inspección la asistencia a clase: control de asistencia, o en caso de no existir, un certificado por parte de la secretaría (/profesor o profesores) del centro de impartición en el que se indique que el trabajador ha asistido regularmente.

Cómo se acredita la ausencia del puesto de trabajo:

Excepciones:  trabajador nocturno en el que las horas de descanso se podrán imputar como horas laborales.

Otros cómputos para el permiso: se podrá incluir dentro de las horas laborales el tiempo de desplazamiento desde su lugar de trabajo al centro de formación cuando coincida con horas laborales. Existen varias aplicaciones web que te facilitan el tiempo aproximado en función del itinerario y el medio de transporte utilizado

Aplicación de la bonificación de los permisos individuales de formación

Podrán aplicarse las correspondientes bonificaciones en los boletines de cotización a la Seguridad Social a medida que abonen los salarios a los trabajadores que disfruten dichos permisos.

La bonificación por permiso individual se puede ir realizando a medida que el trabajador vaya consumiendo las horas autorizadas

Información a la RLT

La empresa deberá solicitar de manera preceptiva y con anterioridad al inicio de las acciones formativas informe a la representación legal de los trabajadores, respecto de las acciones formativas programadas, incluidas las de los permisos individuales de formación regulados en el artículo 29

 

Accede al vídeo de la clase de este primer tema del curso Gestión de PIF para Autoescuelas: