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Hola,
La normativa aplicable no establece plazos concretos para informar del plan
formativo por parte de la empresa a la RLT. Obviamente, dicha información
debe de realizarse con el suficiente tiempo para que la RLT se pronuncie antes
del inicio de las acciones formativas programadas de acuerdo a los plazos
establecidos en el art. 15 del RD395/2007. Además, ha de tenerse
presente que la norma establece que la RLT dispone de 15 días para la emisión
del informe desde el momento de su recepción y otro plazo igual, posterior al
indicado, en el caso de existir discrepancias para dilucidar las mismas. A todo
ello, habría que sumar los 7 días previos a la fecha de inicio de la acción
formativa para cumplimentarlo y comunicarlo en el aplicativo telemático.