El Salario Mínimo Interprofesional se incrementa un 8%

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El salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros.

El valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la publicación de un Real Decreto. Y para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.

Para el año 2017 el Ministerio de Empleo y Seguridad Social fijó el Salario Mínimo Interprofesional en los siguientes valores:

Salario Mínimo diario: 23,59€

Salario Mínimo mensual: 707,70€

Salario Mínimo anual: 9.907,80€ € (14 pagas)

Estos valores representan un incremento del 8% respecto al pasado año 2016.

– La Disposición Adicional Única del , por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social fija para 2017 un incremento del Salario Mínimo Interprofesional del 8 %. Posteriormente, el BOE de 31 de diciembre publicaba el , que fija para el 2017 el SMI en 707, 70 euros/mes.

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