El aplicativo telemático de la Fundación tripartita emitió el siguiente mensaje la semana pasada:
«Antes de finalizar el ejercicio, debe revisar en el resumen de actividad las “Alertas relativas a las empresas agrupadas”.
Si en el informe “Datos de Cuota y Plantilla sin validar por TGSS”, existen empresas que cumplan dicha condición deberán acreditar documentalmente, antes del 31 de enero de 2016, haber cotizado por el concepto de formación profesional en el ejercicio 2014 o las circunstancias que determinan que la citada empresa es beneficiaria del sistema de bonificaciones.
De no ser así, se entenderá que no tiene la condición de beneficiarias y por lo tanto no se considerarán procedentes las bonificaciones aplicadas.»
Desde Autoforma recomendamos:
# 1.- Comprobar el informe
Ir a resumen de actividad
Descargar el informe en pdf: Datos de Cuota y Plantilla sin validar por TGSS
# 2.- De aquellas empresas que nos aparezcan en el informe:
Acreditar haber cotizado por el concepto de formación profesional en el ejercicio 2014 o las circunstancias que determinan que la citada empresa es beneficiaria del sistema de bonificaciones, por ejemplo presentando TC1 y TC2