Nota importante: Autoforma está poniendo al servicio de los asociados todos los medios y recursos para la defensa de los expedientes. En ningún caso puede garantizar el éxito en los mismos.
Contestación tras primer escrito:
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Una vez presentado escrito la contestación que están llevando a cabo mediante otro comunicado es el siguiente:
“En relación con su escrito que se registró en la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en fecha 14 de julio de 2017 por el que manifiesta estar prescrito el derecho de la Administración para la reclamación de la bonificación que por formación profesional para el empleo aplicó en el ejercicio 2013 como consecuencia del expediente BXXXXXXX, se le informa que atendiendo a la especial dinámica que contempla el artículo 17.2 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo que establece que el plazo para aplicarse las bonificaciones concluye el último día hábil para poder presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre de dicho ejercicio económico, se entiende que la prescripción del derecho a la reclamación se produce por tanto el 31 de enero de 2018
Como manifiesta no haber recibido comunicación del SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL se adjunta dicha comunicación.
De no estar de acuerdo con el requerimiento realizado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá efectuar éstas y las demás consideraciones y alegaciones que le parezcan en el correspondiente procedimiento administrativo liquidatorio y/o sancionador”
A este comunicado se puede contestar con la siguiente plantilla:
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