Contabilización de la formación bonificada

Descubra cómo contabilizar adecuadamente la formación bonificada en su empresa. Este artículo técnico y detallado de Autoforma le guía a través de ejemplos prácticos y asientos contables, asegurando que su empresa cumpla con las normativas vigentes. Ideal para gestores de formación y profesionales en asesorías y gestorías.

Introducción: Contexto Normativo, Sanciones y Requerimientos de Fundae

Marco Normativo

La contabilización de las bonificaciones y gastos asociados a la formación bonificada está estrictamente regulada por la Ley 30/2015, que establece el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. Esta ley es complementada por el Real Decreto 694/2017 y la Orden TAS2307/2007, que detallan las obligaciones de las empresas beneficiarias en relación con la formación profesional.

Sanciones y Consecuencias Legales

El incumplimiento de las directrices contables puede acarrear sanciones severas. Según el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, las empresas que no identifiquen en una cuenta separada o epígrafe específico todos los gastos y bonificaciones bajo la denominación «Formación profesional para el empleo» podrían enfrentar sanciones administrativas y financieras.

Requerimientos de Fundae

Recientemente, Fundae ha intensificado sus esfuerzos para asegurar el cumplimiento de estas normativas, solicitando evidencias sobre la adecuada contabilización de las bonificaciones y gastos relativos a la formación bonificada. Estos requerimientos aleatorios subrayan la importancia de adherirse estrictamente a las directrices legales y contables para evitar posibles sanciones y garantizar la transparencia en la gestión de los fondos destinados a la formación.

Con este contexto normativo y regulatorio en mente, es crucial que las empresas comprendan cómo realizar una contabilización adecuada de la formación bonificada. A continuación, presentamos un ejemplo práctico de asiento contable para ilustrar este proceso.

Supuesto práctico

FACTURA EMITIDA POR LA GESTORA DE FORMACIÓN A LA EMPRESA BONIFICADA:

  • Coste de la gestión: 100 € + 21%IVA = 121 €

FACTURA EMITIDA POR EL CENTRO DE FORMACIÓN A LA EMPRESA BONIFICADA

  • Coste de la formación: 900 € (exenta de IVA)

DATOS DE NÓMINAS EN LA EMPRESA QUE VA A BONIFICAR

  • Retribuciones brutas: 10852,88 €
  • SS a cargo de la empresa: 3682,80 €
  • SS a cargo de los trabajadores: 1069,20 €
  • IRPF:8%

OTROS DATOS

La formación se imparte (se inicia y finaliza) en el mes de abril

Asientos contables

La entidad organizadora presenta la factura a la empresa bonificada por la gestión de la formación y por la formación

DEBECUENTACUENTAHABER
900,00 €(649.1) Otros gastos sociales “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO”(410.1) Entidad organizadora1021.00 €
100,00 €(629.1) Otros Servicios “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO”  
21,00 €(472) H.P. IVA Soportado

La empresa paga a la entidad organizadora

DEBECUENTACUENTAHABER
1021.00 €(410.1) Entidad organizadora(572) Bancos c/c1021.00 €

Asientos nóminas y seguros sociales del mes de abril

DEBECUENTACUENTAHABER
10.852,88 €(640) Sueldos y Salarios(476) Organismos de la SS acreedores1021.00 €
3.682,80 €(642) SS a cargo de la empresa(4751) HP acreedor por retenciones practicadas868,23 €
  (465) Remuneraciones pendientes de pago8.915,45 €

Pago de nóminas

DEBECUENTACUENTAHABER
8.915,45 €(465) Remuneraciones pendientes de pago(572) Bancos c/c8.915,45 €

Contabilización de la bonificación

DEBECUENTACUENTAHABER
1000,00 €(471.1) Organismos de la Seguridad Social, deudores “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO”(740.1) Bonificaciones por AFFF “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO”1000,00 €

Pago de los seguros sociales

DEBECUENTACUENTAHABER
4.752,00 €(476) Organismos de la SS acreedores(572) Bancos c/c3752,00 €
  (471.1) Organismos de la Seguridad Social, deudores “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO”1000 ,00 €

Nota:

Si se va a bonificar por trabajadores incluidos en diferentes Códigos de Cuenta de Cotización de la misma empresa, las bonificaciones por la totalidad del grupo o grupos de formación podrán aplicarse en los boletines de cotización de cualquier Código de Cuenta de Cotización que cotice por Formación Profesional.

Consideraciones Finales

Es fundamental que las empresas se adhieran estrictamente a las normativas y directrices para evitar posibles sanciones. Además, se recomienda mantener toda la documentación justificativa de la formación y las bonificaciones aplicadas durante un período mínimo de 4 años.

Este artículo tiene un carácter informativo y está exento de cualquier responsabilidad. Para una asesoría más detallada, recomendamos consultar con expertos en el área.

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El ejemplo que vamos a considerar es el de una entidad organizadora que gestiona una formación bonificada a una empresa. Este ejemplo es válido tanto si la entidad organizadora contrata a un centro de formación como si la entidad organizadora es quien imparte ya que la contabilización que vamos a ver es la de la aplicación de la bonificación por parte de la empresa que ha recibido la bonificación.