En el siguiente videotutorial explico cómo contabilizar un permiso individual de formación.
Es importante comunicar a la empresa el proceso de contabilización de una bonificación.
Recordamos lo que dice lo que dice la Ley 30/2015 al respecto:
Se considera infracción grave: No identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen y la cofinanciación, en su caso, del Fondo Social Europeo u otras ayudas e iniciativas europeas, bajo la denominación de Formación profesional para el Empleo.
Constituyen obligaciones de las empresas beneficiarias (RD 694/2017): Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen, bajo la denominación o epígrafe de “formación profesional para el empleo”.
Nota: Utilizamos en el ejemplo “Bonificaciones por PIF” en vez de “formación profesional para el empleo” para que resulte más comprensible.
Los asociados adscritos a la formación pueden descargar el documento:
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