La asociación nacional de gestores de formación Autoforma comunica a sus asociados que a raíz de las distintas consultas vinculantes a las que ha tenido acceso, deben actuar en relación a la imputación del IVA en los costes relacionados con la formación de la siguiente forma:
Costes de impartición de la formación
La Ley del impuesto sobre el valor añadido (ley 37/1992, del 28 de diciembre). en su art.20. UNO apartados 9 establece las exoneraciones en la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por Entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades.
Apartado 9. La educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, incluida la atención a niños en los centros docentes en tiempo interlectivo durante el comedor escolar o en aulas en servicio de guardería fuera del horario escolar, la enseñanza escolar, universitaria y de postgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por Entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades.
NOVEDAD A PARTIR DE LA LEY 30/2015 Y ORDEN ESS/723/2016:
Por tanto, todas las entidades inscritas en el registro de entidades de formación establecido por la Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable para su presentación por entidades de formación para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de especialidades formativas, al ser entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades. podrán no imputar IVA en la impartición de la formación
Costes de organización de la formación. Gestión de las bonificaciones por una entidad organizadora
La gestión de las bonificaciones por una entidad organizadora (costes de organización) es una actividad sujeta y NO EXENTA del IVA tributando la misma al tipo general del 21 %. Esta tributación se produce de manera independiente de los servicios de formación. Consulta Vinculante AF1059-14
La NO EXENCIÖN tiene su origen en que:
- No tienen carácter accesorio respecto de la operación principal de enseñanza.
- No van ligados necesariamente al servicio de enseñanza
- Pueden prestarse de manera independiente de la formación
Documentación y consultas vinculantes: http://bit.ly/2daNxF3
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