Bloqueo de empresas por no cotizar en el ejercicio anterior. Pasos a seguir.

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Tras la actualización de créditos nos podemos encontrar con un mensaje en el área interna de Fundae donde se nos indica que se ha procedido ha bloquear una serie de empresas por no haber cotizado en el ejercicio anterior.

¿Donde podemos comprobar si tenemos empresas bloqueadas? En el siguiente GIF te lo mostramos:

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Recordamos lo que si la empresa no ha cotizado en el ejercicio anterior no puede bonificar en el actual.

Si ya ha bonificado, es decir, antes de la actualización de créditos ha bonificado, ahora debe realizar la devolución.

Si la empresa es de nueva creación o incorpora trabajadores a una nueva cuenta de cotización, si podrá bonificar.

Profundicemos en este último punto.

Recordemos lo que indica la normativa:

RD 694/2017 Art. 11.2

“Las empresas que durante el correspondiente ejercicio presupuestario abran nuevos centros de trabajo, así como las de nueva creación, podrán beneficiarse de las citadas bonificaciones cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos, las empresas dispondrán de un «crédito de formación» cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía que determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, garantizándose para las empresas de nueva creación el crédito mínimo de formación señalado en el apartado anterior”

Sin embargo, añade el artículo:

“Con anterioridad a la aplicación del crédito de formación, las empresas que abran nuevos centros de trabajo y las de nueva creación deberán comunicar a la Administración Pública competente la concurrencia de los hechos que dan origen al citado crédito”

 

¿Como acreditar que la empresa es de nueva creación?

Para el desbloqueo de las empresas se debe acreditar haber cotizado por FP en el ejercicio anterior, por lo tanto, se debe remitir la siguiente documentación:

  • Resolución de inscripción de empresario en el sistema de la seguridad social» (2017 ó 2018) o Resolución de reanudación de actividad de empresa en el sistema de la Seguridad Social (2017 ó 2018)
  • El primer recibo de liquidación de cotizaciones y el justificante bancario de haber realizado el ingreso de este.

 

Extracto del programa Autoforma al día

En el programa Autoforma al día del pasado 7 de junio, hablamos de este tema. Dejamos a continuación un extracto.

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