En la sesión de hoy tocamos el tema del IVA en los costes de organización.

Antes del vídeo, te dejo los siguientes complementos:

El IVA en los costes de organización

 Consultas vinculantes:

 

NUM-CONSULTA

CONSULTA VINCULANTE Nº 1

ORGANO

SG de Impuestos sobre el Consumo

FECHA-SALIDA

AÑO 2017

NORMATIVA

Ley 37/1992 arts. 20-Uno- 9º; 79, 90

DESCRIPCION-HECHOS

La entidad consultante realiza actividades de formación y reciclaje profesional, y además presta el servicio de organización de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral regulado en el Real Decreto Ley 4/2015, para otros empresarios que se lo solicitan.

CUESTION-PLANTEADA

Tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios de organización de formación profesional prestados por el consultante, a otros empresarios, tanto si se prestan junto con un servicio de formación, como de manera independiente.

Aplicación de la exención del artículo 20.Uno.9º de la Ley 37/1992 o, en su defecto, tipo impositivo aplicable a la operación

Descárgate aquí la consulta vinculante

 

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NUM-CONSULTA

CONSULTA VINCULANTE Nº 2

ORGANO

SG de Impuestos sobre el Consumo

FECHA-SALIDA

AÑO 2015

NORMATIVA

Ley 37/1992 arts. 20-Uno- 9º; 79, 90

DESCRIPCION-HECHOS

La entidad consultante realiza dos actividades, por un lado es una entidad organizadora de la fundación tripartita para la formación en el empleo encargada de llevar a cabo la tramitación y gestión de bonificaciones para las empresas que reclamen estos servicios, con el objeto de que puedan bonificar en los seguros sociales de la empresa, el coste de los cursos, y, por otro lado, presta servicios de formación a las empresas, para esto subcontrata a los formadores. (Esta actividad aún no la ha comenzado).

Se queja de que empresas del sector no repercuten IVA en las facturas emitidas por las labores de gestión, cuando la consultante estima que si procede por cuanto no hay actividad formativa.

CUESTION-PLANTEADA

Tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios de tramitación y gestión prestados por el consultante, tanto si se prestan junto con un servicio de formación, como de manera independiente.

Aplicación de la exención del 20.uno-9º.

En su defecto tipo impositivo aplicable.

Descárgate aquí la consulta vinculante

 

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Dejamos a continuación la grabación de la sesión:

 

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