Hoy hablamos con Elvira Rodríguez.
Se está procediendo a una masiva de notificaciones de solicitud de devolución de bonificaciones del año 2017.por parte de la ITSS.
Es una COMUNICACIÓN estándar
que están recibiendo los clientes que bonificaron en el ejercicio 2017. Por ahora, se trata de una simple comunicación y no un acta de liquidación provisional.
Se está procediendo a una masiva de notificaciones de solicitud de devolución de bonificaciones del año 2017.por parte de la ITSS.
Es una COMUNICACIÓN estándar que están recibiendo los clientes que bonificaron en el ejercicio 2017. Por ahora, se trata de una simple comunicación y no un acta de liquidación provisional.
Plazo Voluntario
La comunicación da un plazo voluntario de un mes para realizar la devolución de las bonificaciones. El acta de liquidación provisional que iniciaría el procedimiento daría un plazo de 15 días hábiles para presentar alegaciones e iniciaría el procedimiento administrativo, entendemos que tras esta comunicación y no proceder al pago voluntario se levantará el acta de liquidación provisional. No obstante, en las próximas semanas prepararemos un escrito de contestación a la presente comunicación y la haremos llegar a los socios.
Posible prescripción
Hay que tener en cuenta de cara a la contestación la posible prescripción de la acción de reclamación, por lo que solicitamos a los socios que la reciban que recopilen la siguiente información:
– Fecha de la aplicación de la bonificación en los seguros sociales (2017).
– Fecha de recepción de la presente comunicación.
Ampliaremos información
Estaremos atentos a nuevas recepciones por parte de las empresas clientes para poder ofreceremos la máxima información. Recuerda que el procedimiento al completo está recopilado en el informe jurídico en nuestra web:
https://autoforma.es/procedimientos-de-comprobacion/