Antes de entrar el la descripción del programa, te dejo enlace del nuevo curso Técnico en gestión de costes de la formación programada a empresas. Iniciamos la segunda convocatoria el 26 de julio de 2021.
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En el programa de hoy hemos trabajado el requerimiento tipo documental que muchas empresas están recibiendo:
Estimado Sr./Sra.:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.3 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, y con el fin de realizar las labores de seguimiento y control de la ejecución de las acciones formativas bonificadas por su empresa durante el año 2019 , le comunicamos que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), como entidad colaboradora del mismo, van a llevar a cabo el contraste documental de los costes y otros aspectos, de las acciones formativas/grupos comunicados en la aplicación telemática, en la iniciativa de formación programada por las empresas, referenciados en el Anexo I.
Para facilitar las tareas de seguimiento se precisa la presentación del RESUMEN DE COSTES , impreso B1, debidamente cumplimentado, acompañado de la copia de los siguientes soportes justificativos:
1. En el caso de que la empresa esté exenta o no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y siempre que dicho Impuesto constituya un coste bonificado, certificado emitido por la Delegación de la Agencia Tributaria (impreso 01) o copia del Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036).
2. Las facturas, documentos sustitutivos o medios de prueba admitidos en derecho que soporten los costes de formación.
3. Justificantes de pago y extractos bancarios donde figure el cargo en cuenta por los costes de formación.
En el caso de haberse realizado los pagos de forma fraccionada o mediante remesas bancarias, se deberá aportar un desglose de los mismos junto a los documentos bancarios facilitados en el que se pueda identificar el mismo.
Para aquellos casos en los que los pagos se hubieran realizado por caja, se deberá aportar el apunte contable relativo a dicho pago. En caso de tratarse de un pago global será necesario aportar detalle para facilitar la identificación del pago a justificar.
4. Justificantes de las anotaciones contables de:
– El gasto de la formación
– La bonificación aplicada correspondiente o RLC (antiguo TC1) del mes en el que se ha realizado la bonificación con el justificante de pago.
Deberán aportar copia de los apuntes contables del libro diario de los importes imputados donde aparezca la denominación y número de la cuenta de gasto, y que se puedan relacionar con la documentación remitida (facturas, justificantes de pago, etc.). En base al Código de Comercio, el libro diario deberá estar debidamente registrado.
En caso de que las cuentas en las que se han contabilizado los costes comunicados no coincidan con la descripción y/o numeración del Plan General Contable, deberán remitir un detalle de cómo contabilizan los costes en la empresa objeto de requerimiento.
5. Contrato de Encomienda de organización de la formación suscrito y Adhesión al Contrato con la entidad organizadora en los términos que establece la normativa, en el caso de que exista, donde figure el coste por los servicios prestados en concepto de organización.
En el caso de que la Entidad Organizadora haya contactado con la empresa, indicar el modo seguido, aportando, si corresponde, copia de la información o publicidad de los servicios ofrecidos.
6. Certificado acreditando que no se ha recibido ayuda o subvención alguna para la realización de las acciones formativas de cualquier otra entidad, pública o privada, nacional o internacional correspondiente al ejercicio objeto de requerimiento.
7. Copia de los certificados o diplomas entregados o remitidos a los participantes y acreditación documental de que los trabajadores los han recibido o, en su defecto, de que les han sido remitidos los mismos.
8. Copia de los partes de firma y/o controles de aprendizaje (según modalidad de impartición).
9. En el caso de formación en la modalidad de Teleformación, copia de la documentación acreditativa de la programación y metodología didáctica del curso.
10. Justificación de haber sometido las acciones formativas a información de la Representación Legal de los Trabajadores, en aquellos casos en los que la empresa disponga.
11. Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo (documento C.10). Se deberá adjuntar el detalle del cálculo de los costes declarados.
Las Acciones Formativas y Grupos objeto de Seguimiento se detallan en el Anexo I adjunto.
Con objeto de facilitar la revisión de los costes imputados de cada uno de los grupos formativos, éstos se desglosarán en los apartados «Costes Directos», «Costes Indirectos», «Costes de Organización» y «Costes de Personal», según lo indicado en las «Orientaciones de Costes» que se encuentra disponible, al igual que los anexos, en la página Web de la Fundación Estatal, en la sección de Costes, Guías y Manuales de Ayuda.
https://www.fundae.es/empresas/home/como-bonificarte/documentacion
Asimismo, en dichas orientaciones se recogen los requisitos formales que deben cumplir los soportes justificativos.
Se precisa con el fin de facilitar la cumplimentación de la información requerida la presentación del resumen de costes B1 y el uso de los anexos que correspondan en cada caso. Los documentos C8.5 y C10 deben estar firmados por el Representante Legal de la Empresa.
La presentación de dicha documentación deberá realizarse en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de este escrito.