Antes de entrar el la descripción del programa, te dejo enlace del nuevo curso Técnico en gestión de costes de la formación programada a empresas. Iniciamos la segunda convocatoria el 26 de julio de 2021.
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Tomamos como punto de partida los requerimientos documentales que se están realizando de formaciones bonificadas. Concretamente nos centramos en costes. Se solicita en el apartado 11:
Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo (documento C.10). Se deberá adjuntar el detalle del cálculo de los costes declarados.
Las Acciones Formativas y Grupos objeto de Seguimiento se detallan en el Anexo I adjunto. Con objeto de facilitar la revisión de los costes imputados de cada uno de los grupos formativos, éstos se desglosarán en los apartados «Costes Directos», «Costes Indirectos», «Costes de Organización» y «Costes de Personal», según lo indicado en las «Orientaciones de Costes» que se encuentra disponible, al igual que los anexos, en la página Web de la Fundación Estatal, en la sección de Costes, Guías y Manuales de Ayuda.
https://www.fundae.es/empresas/home/como-bonificarte/documentacion
Asimismo, en dichas orientaciones se recogen los requisitos formales que deben cumplir los soportes justificativos. Se precisa con el fin de facilitar la cumplimentación de la información requerida la presentación del resumen de costes B1 y el uso de los anexos que correspondan en cada caso. Los documentosC8.5 y C10 deben estar firmados por el Representante Legal de la Empresa. La presentación de dicha documentación deberá realizarse en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de este escrito.
Los documentos B1 y anexos C se pueden descargar desde el área de documentos del aplicativo de FUNDAE.
Respecto a la obligatoriedad del uso de estos documentos FUNDAE se ha pronunciado indicando que estos modelos que Fundae pone a disposición de las empresas no tienen carácter de obligatoriedad. Son modelos orientativos que permiten a las empresas responder a los requerimientos expost de una manera más ordenada.
Además, indica Fundae, la documentación referida sólo deberá utilizarse en el caso de que las acciones formativas sean objeto de actuaciones de seguimiento y control por parte del SEPE, en cuyo caso se indicará forma e instrucciones para su cumplimentación.
El coste de personal puede calcularse de dos formas:
Coste hora medio: en base a la masa salarial de la empresa:
[(Salario bruto + Seguridad a cargo de la empresa)/Número de trabajadores en plantilla)]/Número de horas anuales trabajadas (convenio)
Cálculo del coste/hora de los trabajadores que participan en el grupo:
[(Suma del salario bruto anual de los trabajadores + Seguridad a cargo de la empresa)/Número de trabajadores participantes]/Número de horas anuales trabajadas (convenio)
La masa salarial se calcula en base a los datos facilitados por cada empresa y detallados anteriormente.
Documentación complementaria al C10
Será necesario conservar copia de los recibos de liquidación de cotizaciones del año anterior o certificación de haberes, y así como el detalle del cálculo en el que aparezca el salario bruto de cada trabajador o la masa salarial utilizada para el mismo. Si el número de horas anuales trabajadas es claramente inferior a 1.750 horas, podrá requerirse el convenio o el contrato para acreditar dicha jornada.
Para finalizar cabe recordar que, de acuerdo con la normativa vigente, solo se considerarán incluidos “los costes salariales de los trabajadores que reciben formación en la jornada laboral. A estos efectos, sólo podrán tenerse en cuenta las horas de dicha jornada en las que realmente los trabajadores participan en la formación” (Ley 30/2016 en su art. 9.5). No se pueden compensar horas laborales ya sea con dinero o con tiempo.